El Juzgado de Primera Instancia de Valladolid anula una tarjeta «revolving» por usura y ordena devolver al cliente todos los intereses pagados

El Juzgado de Primera Instancia de Valladolid ordenó en una sentencia anular el contrato existente de una tarjeta «revolving» entre un cliente y una entidad financiera al considerarlo usura. Además, ha ordenado la devolución al cliente de todos los intereses pagados.

La operación realizada en 2012 a un tipo de interés del 26,82%, «notablemente superior al normal del dinero», dejaba poco margen para no incurrir en usura.

Cabe destacar que el tipo de interés medio para este tipo de tarjetas revolving oscilaba entre el 20% y el 21%. Por tanto, «se determina la nulidad, radical, absoluta y originaria del contrato de tarjeta de crédito concedido».

A continuación, puedes observar la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia de Valladolid.

Despacho especializado en asuntos administrativos

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    Sentencia Favorable por Ruidos de Discoteca

    Sentencia Favorable por Ruidos de Discoteca

    Nos hacemos eco de esta noticia donde entre otros temas se dice y cito textualmente:

    «Tras años en los tribunales y de la mano de los abogados Santiago Coello, Agustín Bocos y Mª Concepción Garrido, ha conseguido que la Justicia les dé la razón y anule los permisos concedidos por el Ayuntamiento de la capital de La Rioja en julio del 2010 y en septiembre del 2011…»

    Puedes leer la noticia completa en:

    http://www.larioja.com/logrono/sentencia-declara-nulidad-20180529002235-ntvo.html

    Desconectado por ruido el reloj de Cogeces de Íscar

    El Juzgado ordena desconectar por ruido el reloj de Cogeces de Íscar

    El Ayuntamiento, condenado a pagar 6.000 euros de indemnización por daños a una familia

    Nos hacemos eco de esta noticia de la que cogemos un extracto:

    «Más de 20 años oyendo a un volumen estridente y electrónico el pasar de las horas. A cada cuarto, a cada media y a cada en punto. Y, además, con cuatro, ocho, doce y dieciséis toques –en un aumento de cuatro tañidos cada quince minutos– previos al sonido de las campanadas que corresponden a cada hora. Así sonaba el reloj del Ayuntamiento de Cogeces de Íscar. Así en frecuencia y, en intensidad, para lograr una mayor extensión, el Consistorio había dispuesto a ambos lados unos altavoces en el tejado.»

    Explica el letrado que ha defendido los intereses de estos vecinos, Agustín Bocos, que «la sentencia condena a la desactivación de la campana porque considera que es la única forma de garantizar el cumplimiento de los límites legales, considerando que se trata de un ruido completamente innecesario. A este respecto, el Ayuntamiento había desestimado previamente la reclamación de los demandantes amparándose en un supuesto ‘derecho a oír el sonido del reloj a vecinos y visitantes del municipio’, derecho que en nuestra opinión es inexistente».

    Puedes ver la noticia completa en este enlace:

    http://www.elnortedecastilla.es/valladolid/juzgado-ordena-desconectar-20180225122555-nt.html

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